- Al momento de su ingreso, las Personas Privadas de Libertad (PPL) deberán informar al Jefe del Grupo de turno los nombres de hasta tres (3) familiares y/o amigos autorizados para realizar visitas. La información debe incluir: nombre completo, parentesco, fecha y hora de la visita.
- Solo se permitirá el ingreso de un máximo de tres (3) personas por PPL.
- Únicamente podrán ingresar quienes estén registrados en el listado de visitas, presentando de manera obligatoria su cédula de ciudadanía o pasaporte vigente.
Art. 718.- Si una persona es descubierta ingresando con armas, bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes, teléfonos o equipos de comunicación, será detenida y puesta a órdenes de las autoridades.
Art. 275.-Si intentaran ingresar con estos artículos adheridos al cuerpo o a sus prendas de vestir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años , como lo estime la autoridad competente.
- Teléfonos o equipos de comunicación.
- Mochilas, maletas y carteras.
- Cámaras fotográficas y de video.
- Gorras.
- Gafas.
- Bebidas alcohólicas.
- Objetos metálicos.
- Bebidas en envases de vidrio.
- Sustancias estupefacientes.
- Animales.
- Armas de cualquier clase.
- No se permite el ingreso de aerosoles, líquidos en envases grandes, o artículos de higiene personal fuera de este formato.
- Todos los artículos deben estar debidamente sellados y sin ninguna alteración en su empaque original. Si alguno de los productos presenta alteraciones o sellos rotos, no será autorizado su ingreso.
- Pruebas de alcohotector: Ventanillas del Banco del Pacifico bajo el concepto de: Exámenes de alcohotest-servicio de alcohotector alcoholemia.
- Multas: Ventanillas del Banco del Pacifico con el número de cédula del detenido.
Forma de empaque
- Kit de aseo en 1 funda transparente con el nombre y apellido para la entrega.
- Cada producto de la funda deberá contener nombre y apellido.
- Todos los productos deben venir en su empaque original y sellados.
- Los artículos como jabones, pasta dental, cepillos de dientes y otros similares deberán ser entregados sin envolturas, empaques ni cajas.
Implementos kit de aseo
Los productos deben ser en sachet (pequeños paquetes individuales)
Agua: En botellones
Receta médica: La receta debe ser original y contener la siguiente información:
- Nombre completo de la persona privada de libertad (PPL).
- Nombre del medicamento, dosis y tiempo de tratamiento.
- Firma, sello y registro médico del profesional de salud autorizado.
- Los medicamentos en su envase original, con fecha de vencimiento visible. Cualquier medicamento que no cumpla con esta norma será rechazado.
Importante: Los artículos de aseo deben estar empaquetados en presentación sachet (sin envases rígidos o grandes botellas) para facilitar su control y distribución
| Útiles Personales (máximo de prendas) |
Para permanencia |
| Hasta 5 días |
De 10 a 20 días |
De 30 a 90 días |
| Pantalones sin cordones color plomo ratón |
2 |
3 |
4 |
| Camisetas color blanco |
2 |
3 |
4 |
| Buzos o chompas sin cordones y sin capucha color naranja |
2 |
3 |
4 |
| Bóxer |
3 |
4 |
6 |
| Pares de medias tobilleras |
3 |
4 |
6 |
| Toalla de baño grande color blanco |
1 |
2 |
2 |
| Par de zapatillas de baño simple / color blanco |
1 |
2 |
2 |
| Pijama color plomo ratón |
1 |
2 |
2 |
| Cobijas gruesas |
2 |
2 |
2 |
| Pantalonetas sin cordones color plomo ratón |
– |
2 |
2 |
| Pares de zapatos sin cordones color plomo ratón |
– |
2 |
2 |
| Dividís color blanco |
– |
– |
4 |
| Útiles de Aseo Personal (máximo para la permanencia) |
Para permanencia |
| Hasta 5 días |
Hasta 10 días |
De 10 a 15 días |
De 10 a 20 días |
De 15 a 30 días |
De 30 a 90 días |
| Pasta de dientes para aseo dental uso personal (tubo 50 ml sin empaque). |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 (mensual) |
| Cepillo de dientes con el tamaño adecuado, simple, mango recto y redondeado a la punta, sin objetos metálicos o punzantes |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
| Shampoo para el lavado del cabello (en sachet máximo de 25 ml). |
2 |
2 |
7 |
15 |
15 |
15 (mensual) |
| Desodorante en sachet para uso personal |
2 |
4 |
6 |
12 |
12 |
15 (mensual) |
| Jabón en barra y sachet para uso de aseo personal |
1 unidad en barra o 2 sachet |
1 unidad en barra o 2 sachet |
1 unidad en barra o 2 sachet |
2 unidades en barra o 4 sachet |
2 unidades en barra o 4 sachet |
3 unidades o 6 sachet mensuales |
| Jabón para ropa en barra |
1 |
1 |
1 |
2 |
2 |
3 mensuales |
| Detergente funda 150g (1 unidad) |
1 |
1 |
2 |
2 |
2 |
3 mensuales |
| Desinfectante líquido para limpieza en sobre de piso de 250 ml de 1 a 90 días (1 unidad) |
2 |
2 |
2 |
1 paquete de 4 unidades |
1 paquete de 4 unidades |
2 paquete de 3 unidades mensual |
- El Centro de Detención de Infractores de Tránsito de Quito, se compromete a:
- Respetar los derechos de los/las privados de libertad mientras dure su permanencia en el centro de detención.
- Socializar temas de interés de los infractores, como:
- Normativa legal vigente concerniente a temas de tránsito.
- Respetar el debido proceso de los/las privados de la libertad, al momento de los traslados a las audiencia y citas médicas, en caso de ser requeridas.
- Precautelar por la salud de los privados de la libertad, en caso de ser necesario llevarles a controles médicos para detectar cualquier malestar físico o posibles enfermedades.
- Respetar el cumplimiento de su sentencia, indicando la misma a los/las privados de la libertad.
- Precautelar que los espacios de los centros de detención estén limpios, con instalaciones óptimas y propicias.
- Coordinar capacitaciones en materia en tránsito y seguridad vial.
- Evitar riñas, conflictos, comercio y situaciones que alteren el orden del centro de detención.
- Brindar espacios para las diferentes actividades deportivas que realizan los/ las privados de libertad.
- Mantener el orden de los internos al momento del traslado y actividades internas.
- Hacer cumplir el horario establecido para cada habitación.
- Verificar novedades antes de ingresar a las habitaciones.
- Conocer claramente las funciones de los/las privados de libertad en caso de implementar el plan de contingencia frente a riesgos naturales y antrópicos.
- Evitar cualquier tipo de compromiso, relación, trato preferente, socialización, que no se mantenga dentro de los parámetros profesionales o realizar actos que atenten contra los derechos de los internos.